En las últimas horas, el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) hizo lugar parcialmente al recurso de casación presentado por la defensa de Maribel Alejandra Soledad Barrera, una cordobesa que en 2018 había sido condenada a la pena de prisión perpetua por el delito de homicidio calificado por el vínculo en perjuicio de su hijo.
En consecuencia, se anuló parcialmente la sentencia dictada por la Cámara en lo Criminal y Correccional de 4ª Nominación de la ciudad de Córdoba; en su lugar, consideró que debe declararse a la mujer cómplice secundaria del mismo delito y dispuso que la causa sea reenviada al tribunal de origen para la determinación de la pena.
¿Un caso similar al de Martina?
En los argumentos, podría decirse, que el caso tiene ciertas similitudes con el de la pequeña Martina, la cual falleció a los nueve meses de edad en manos de sus padres en Anisacate. Hecho que consternó a toda la región y por el cual en el año 2019, los progenitores fueron condenados a prisión perpetua. (nota relacionada)
En ese entonces, la defensa de Brenda Carranza -la madre- había pedido que se consideraran circunstancias extraordinarias de atenuación en la conducta de la joven, como un modo de bajar la escala penal y evitar la perpetua. La exculpación de la mamá pasaba por un planteo de género, sosteniendo que ella estaba sometida por Godoy, su pareja y padre de la niña.
Pues, en ese sentido, la justicia local había aclarado que si bien la acusación legal era la misma para ambos, era el padre el signado como quien “le aplicó directa y letalmente golpes que devinieron en su muerte”. En el caso de la madre, ésta “consintió pasiva y deliberadamente la violencia física contribuyendo a ese desenlace”. “Acá hubo una desnaturalización de su posición de protector natural”, habían indicado fuentes judiciales a RESUMEN. Por tal motivo, la Justicia entendió que ambos padres debían responder ante la misma imputación, ya que, según explicaron, el acto no podría haberse dado sin la colaboración, ya sea pasiva o activa, de un segundo.
Así mismo, en el juicio, allegados a la pareja afirmaron que el padre de la beba era violento tanto con la madre como con su hija.
Respecto al caso de Barrera- la cordobesa cuya pena podría disminuirse sustancialmente en los próximos meses- el TSJ consideró que hubo «vulnerabilidad y carencias que impactaron en su función materna» a a vez que remarcaron de la violencia intrafamiliar de la que fue víctima la condenada. Sin duda, similar a lo que expuso la justicia local en relación a la madre de Martina.
Otra de las similitudes, tienen que ver con la acción directa de la agresión. En el caso de la madre de Anisacate, la fiscalía había insistido en que su rol fue el de «omisión» pero que había sido el padre quien le había propinado los golpes letales. Algo que sucedió, en definitiva, porque nadie lo denunció y porque hubo cierta «permisión» por parte de la progenitora. En el caso de Barrera, el tribunal de casación comprendió lo mismo; justificó que fue Marcos Soria quien – al igual que el padre de Martina- ejerció la violencia física que causó la muerte de su hijo, y no la madre.
Pues bien, se sabe que la defensa de Carranza apeló la sentencia y también se presentó un recurso en el TSJ. ¿Está dicha la última palabra?.