
El viernes 4 de septiembre Alta Gracia se vio enlutada por la trágica muerte de un niño de dos años atacado por un perro raza Pitbull en Villa Oviedo y, ese mismo día- solo unas horas antes- una nena de la misma edad era víctima fatal de las mordeduras de dos perros Digo Argentino en Villa del Libertador.
Ambos hechos conmocionaron a toda la provincia y sin duda volvieron a poner en el ojo de la tormenta la falta de ordenanzas sólidas que comprendan la tenencia de este tipo de animales considerados «potencialmente peligrosos», en Alta Gracia. A decir verdad, y a diferencia de lo que ocurre en Córdoba capital por ejemplo, en esta ciudad no hay ninguna legislación que refiera a la tenencia de estos canes. ¡Ninguna!.
Lo que existe en Alta Gracia desde el año 2009 (y jamás fue actualizada) es la ordenanza 8549 de Salud Animal. En la misma, se aboca a la tenencia y el cuidado responsable de los animales en su conjunto. La misma habla de la necesidad de un «registro de mascotas» y hasta de un carnet sanitario y de las posibles multas que podrían recaer en aquellos que maltraten a un animal o que no los cuiden como debieran. Pero, esta ordenanza no discrimina entre raza ni tipo de animales ni mucho menos trata la problemática (cada vez mas vigente) de los perros «potencialmente peligrosos», ni siquiera se los menciona en la reglamentación.
En ese contexto, Alta Gracia está SOLO sujeta a la ley Provincial 9685 la cual determina que: «se consideran potencialmente peligrosos los perros con capacidad de mordedura susceptible de provocar daño grave a las personas o demás animales y tengan conductas agresivas». Si bien aquí tampoco se especifica respecto a las razas de manera detallada- como si lo establece y enumera la ordenanza decretada en la Ciudad de Córdoba, esta ley que abarca a toda la órbita provincial brinda las características respecto a «como son interpretados»- por decirlo de alguna manera- este tipo de canes:
Son animales con «fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia; marcado carácter y gran valor; peso superior a diez kilogramos (10 kg); cabeza voluminosa y mandíbula grande», entre otras características. Asimismo, esta Ley Provincial tiene poca consistencia si se tiene en cuenta que prácticamente sus puntos no se cumplen ni mucho menos las multas a las que alegan. De todos modos, entre poco y nada es mejor poco…
Ni hablar que en el caso de Villa Oviedo, un vecino que fue testigo de la tragedia aseguró a este medio que el dueño del animal se paseaba diariamente con el Pitbull por la calle y sin bozal. Incluso, el perro ya había atacado a otras personas con anterioridad.
Entonces, si «alguien» hubiese hecho algo al respecto ( el Estado y no un vecino común) seguramente esto se hubiese evitado.
En Alta Gracia no hay ni siquiera un registro de animales; apesar de que diversos actores vecinales han presentado varios proyectos al respecto en el Concejo Deliberante. ¿Cajoneados todos?, así parece…
«Es peor el remedio que la enfermedad», suelen decir, en este sentido, ¿No es hora de que en Alta Gracia se les de importancia a estos temas para evitar más tragedias?.







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