Protocolo de acción en Despeñaderos

La localidad vecina incrementó más medidas de prevención a las que ya había establecido días atrás, a raíz del discurso del presidente Alberto Fernández. Entre ellos, la postergación de programas preventivos

Despeñaderos se sumó a la lista de municipios y comunas de la región que decretó su propio protocolo de acción, acorde a sus necesidades y a las medidas preventivas que instó el presidente Alberto Fernández.

En el día de ayer el municipio emitió un decreto, muy similar al de Alta Gracia, en el que se establecen tanto medidas que atañen al sistema de salud y la suspensión de distintas actividades. Además, establecieron un número en particular para comunicarse para quienes recién regresen al país, independientemente del lugar donde hayan estado.

Aquí, el decreto completo:

Despeñaderos, 16 de marzo de 2020

DECRETO N° 022/2020

VISTO: La situación de público conocimiento de la declaración de pandemia del Coronavirus por parte de OMS (Organización Mundial de la Salud) y la necesidad de continuar tomando medidas preventivas en nuestro territorio y en consonancia con lo establecido el día domingo 15 de marzo por el Presidente Alberto Fernández;

y CONSIDERANDO: Que debido a la dinámica de la misma se hace necesario tomar nuevas medidas según transcurren los días; por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DESPEÑADEROS DECRETA

Artículo 1°: Postérguense los programas preventivos que atañen a personas sanas, tales como control de niño sano y actividades de prevención programadas en las distintas instituciones del pueblo.

Artículo 2°: Suspéndase la tramitación de los certificados únicos de salud para las escuelas por treinta días.

Artículo 3°: Manténgase en funcionamiento los programas de inmunizaciones y control de embarazo en los horarios habituales.

Artículo 4°: Toda persona que llegue de viaje del exterior independientemente del pais que sea, debe llamar al número 03547 492013, comunicarse con Romina Manavella o Erica Oliva para comenzar con el protocolo establecido.

Artículo 5°: Dispóngase el cierre de las Salas Cunas, hasta próximo aviso, garantizando el módulo de alimentación para cada niño.

Artículo 6: Otórguese licencia a personas mayores de 60 años, embarazadas y personas que pertenezcan a grupos de riesgo que trabajen en esta Municipalidad.

Artículo 7°: Postérguese el inicio de todos los talleres municipales, actividades comunitarias, y capacitaciones hasta próximo aviso.

Artículo 8°: Prohíbanse todos los encuentros masivos para mitigar la epidemia y amplíense las medidas restrictivas en consonancia con las medidas dispuestas por el Gobierno Nacional en: clubes, guarderías y jardines maternales, centros de jubilados, salones de fiesta y cualquier otro espacio donde se agrupe una cantidad de personas, quedando suspendidas las habilitaciones otorgadas.

Artículo 9°: Apelamos a la responsabilidad colectiva y la toma de acciones preventivas respecto de las indicaciones de las autoridades sanitarias a TODO EL SECTOR PRIVADO que, siendo sus actividades de primera necesidad (venta de alimentos y medicamentos), restrinjan el ingreso a sus establecimientos conforme a las medidas adoptadas, para evitar la propagación del virus y las consecuencias negativas para los grupos poblacionales de riesgo.

Artículo 10°: Las presentes medidas podrán ser modificadas de acuerdo a las nuevas disposiciones y protocolos establecidos por el Gobierno Nacional y Provincial.

Artículo 11°: Comuníquese, Publíquese, Dése al Registro Municipal y archívese.

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