
El máximo tribunal tomó la decisión con los votos de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. La resolución no analizó el fondo de la cuestión, sino que consideró que el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) La Plata no tenía legitimación suficiente para impulsar la demanda de inconstitucionalidad. Según los jueces, la soberanía nacional no constituye un “bien colectivo”, sino un elemento constitutivo del Estado.
Con el fallo, la Ley de Tierras quedó nuevamente derogada. La normativa establecía un límite general del 15% para la titularidad extranjera de tierras rurales en el territorio nacional, así como límites equivalentes en provincias y municipios. Además, fijaba un máximo del 30% dentro de ese porcentaje para personas de una misma nacionalidad.
La decisión de la Corte volvió a llevar el tema al Congreso. El DNU 70/2023 había sido rechazado por el Senado en marzo de 2024, pero todavía resta que la Cámara de Diputados se pronuncie para que pueda ser anulado definitivamente. Una de las dificultades para avanzar es que el decreto modificó y derogó numerosas normas y el Congreso debe pronunciarse sobre su validez de manera integral.
Tras la resolución judicial, distintos bloques de la oposición reclamaron avanzar con el tratamiento del DNU en Diputados. Entre ellos se encuentran Unión por la Patria, Provincias Unidas, la Coalición Cívica y el Frente de Izquierda.
De esta manera, el fallo de la Corte dejó vigente la derogación de la Ley de Tierras y trasladó nuevamente la discusión al ámbito legislativo, donde Diputados tiene pendiente definir la validez del DNU 70/2023.







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