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Atención: las «Fake news» serán penalizadas»

El artículo 211 del Código Penal Argentino establece: «Será reprimido con prisión de dos a seis años, el que, para infundir un temor público o suscitar tumultos o desórdenes, hiciere señales, diere voces de alarma, amenazare con la comisión de un delito de peligro común, o empleare otros medios materiales normalmente idóneos para producir tales efectos».

El mismo es el que engloba en tiempos de pandemia lo que sería la «infodemia», esa sobreabundancia de información y datos falsos que circula por diferentes medios y que sólo causan pánico y revuelo; referidos al Coronavirus.

La Justicia nacional remarca que quienes creen y difundan «fake news» serán rastreados de manera minuciosa y imputados por dicho Código Penal que refiere a la intimidación pública. No así a quienes por un acto poco prudente compartan dicha información, ya que en estos casos la Justicia entiende que todos apelamos en primera instancia y de alguna manera al principio de credibilidad inmediato.

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