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Elecciones y reforma laboral: ¿Se terminan las indemnizaciones por despido?

Por Laura Cociglio, abogada Especialista en Derecho del Trabajo. M.P. 1-37197. CSJN Tº 505 Fº 66

Tras las elecciones “de medio término” del año 2021, en las que el Congreso de la Nación Argentina renovó la mitad de los integrantes de la Cámara de Diputados, y un tercio de los miembros del Senado de la Nación, se especulaba con el avance de los proyectos de reforma de la Ley de Contrato de Trabajo.

Sin embargo, a la fecha, ninguno de estos proyectos pudo sortear la resistencia de los diputados y senadores del oficialismo y sus aliados políticos, quienes sostienen aún una férrea defensa en contra de los intentos por reformar dicha norma.

Un posible cambio de color político en el Ejecutivo Nacional, tiene variadas implicancias que afectarán sin dudas, la vida de las ciudadanas y los ciudadanos, y particularmente, de las y los trabajadores.

Desde hace varios años, se ha intentado reformar la Ley de Contrato de Trabajo, en un sentido particular: el que tiende a la eliminación de las indemnizaciones por despido.

El acto cívico de depositar nuestro voto en las urnas, tiene grandes –y graves- implicancias a nivel no sólo económico, sino también social.

Ello responde a la concepción que se tenga del trabajo, pues esto definirá las políticas públicas que se dicten en consecuencia.

Si el trabajo es considerado una mercancía, como sostienen quienes propugnan la desaparición no sólo del Banco Central, sino también del Estado, afirmando que “el mercado” debe actuar libre de controles e injerencias, entonces las y los trabajadores serán reducidos a meros recursos, y el trabajo se regirá exclusiva o principalmente por las leyes del mercado.

En cambio, si el trabajo es considerado un derecho humano fundamental, es decir, un derecho inherente e inescindible al hombre y a la mujer, entonces las trabajadoras y los trabajadores gozarán de la mayor protección otorgada por los ordenamientos jurídicos nacionales, y por los tratados internacionales.

La intervención del Estado se hizo palpable con el advenimiento de la pandemia por Covid-19. Fue el Estado quien intervino en la regulación, para que las obras sociales dieran atención obligatoria a los afiliados infectados por el virus, sin que pudieran cobrar aranceles extras. De igual modo, la apertura de nuevos centros médicos de atención, especializados, públicos, para que se pudieran cubrir las necesidades de la población. La vacunación gratuita, los centros de testeo, los insumos.

No fue “el mercado”, sino la intervención del Estado a través de la disposición de los fondos del Banco Central, la que hizo posible que se cubrieran muchas de las necesidades de atención primaria, y las internaciones por Covid-19.

Basta pensar en las y los trabajadores de los servicios de salud, personal médico y farmacéutico, personal de enfermería, de atención y cuidados personales, entre otros, para entender que no se trata de meros recursos, proveedores de mercancía. No debemos olvidar que muchos de ellos dejaron la vida prestando sus servicios.

De igual modo, tampoco puede considerarse al resto de los trabajadores y las trabajadoras como una mercancía que puede descartarse, como un recurso librado a las necesidades del mercado.

Nuestra Constitución Nacional dispone en su artículo 14 bis, que las leyes deben ser aplicadas garantizando la protección al trabajo, y a las personas que trabajan. De allí se deriva la protección de las y los trabajadores contra el despido arbitrario, considerando a éste como un acto ilícito, cuya consecuencia es el pago de una indemnización.

En el año 2017, el gobierno de Mauricio Macri había presentado un proyecto de reforma laboral que incluía la eliminación de las indemnizaciones y su reemplazo por un fondo de cese laboral.

En el año 2019 intentaron reflotar el proyecto, pero fracasaron en su intento, tras su rechazo en el Congreso de la Nación.

En el año 2021, nuevamente, la actual oposición presentó un proyecto de ley llamado “Mochila Argentina” o de “Flexiseguridad”, que buscaba modificar el actual régimen indemnizatorio por despido.

En esa oportunidad, el proyecto de ley fue rechazado rotundamente por sindicatos y trabajadores asalariados, quienes serían, de aprobarse, nuevamente los perjudicados.

Sintéticamente, el proyecto de ley intentaba asimilar el sistema indemnizatorio, al régimen de la industria de la construcción. Esto es, generar algo similar al fondo de cese laboral, o fondo de seguro, integrado por un porcentaje del salario de los trabajadores (que se le descontaría a ellos mismos, mensualmente).

De este modo, el empleador o la empleadora podrían despedir sin causa, y sin indemnización, a las y los trabajadores, cuando lo consideraren conveniente.

Los actuales integrantes de las listas opositoras al gobierno de Fernández, continúan sosteniendo que con esa reforma se asegurará al empleado que va cobrar la indemnización, y al empleador que no se va a fundir por un despido.

Sin embargo, el reiterado argumento de que es necesario reducir el “costo laboral” para generar mayor empleo, ha quedado deslegitimado por los hechos, por cuanto cada vez que se aprobaron normas de flexibilización laboral, el desempleo aumentó, duplicándose en muchos casos.

Este sistema, lo que sí puede producir, es el desaliento de los reclamos de los trabajadores y las trabajadoras, por ejemplo, por horas extras no abonadas, por licencias no otorgadas, o por acoso en el lugar de trabajo, ya que la respuesta más simple y económica para el empresario, sería el despido.

De igual modo, perjudicaría al buen empleador que no tiene intención de despedir a sus trabajadores, ya que en definitiva realizaría aportes a ese fondo, que irían a financiar los despidos realizados por otros empresarios.

Quienes bregamos por un derecho laboral más justo, entendemos que la única reforma laboral jurídica y socialmente posible, es aquella que amplíe los derechos de las y los trabajadores.

A la luz de los proyectos que buscan modificar la actual Ley de Contrato de Trabajo, somos los ciudadanos y las ciudadanas quienes debemos prestar especial atención, al momento de ingresar al cuarto oscuro, y recordar que “el mercado”, sin control del Estado, no va a proteger nuestros derechos laborales.

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