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La Justicia resolvió que FIAT no deberá sustituir más de 120 camionetas Toro en Córdoba

Lo resolvió el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, que valoró la afectación que podría implicar para la empresa una medida de este tipo. Para el Alto Cuerpo, no se probó el daño irreparable que justificara la sustitución de más de 120 camionetas a clientes que habían acudido a la Justicia y que la Cámara 7ma Civil y Comercial les había dado la razón.

El dilatado proceso judicial entablado por quienes denunciaron fallas en las camionetas Fiat Toro Caja Manual sumó esta semana un nuevo capítulo judicial, esta vez en contra de los dueños de esas camionetas. En este caso, fue el Tribunal Superior de Justicia el que resolvió hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la empresa FCA Automóviles (FIAT) y, así, dejó sin efecto la cautelar que había dictado la Cámara 7ª Civil y Comercial de Córdoba, lo que quiere decir que FIAT no deberá sustituir las Camionetas Toro, medida que beneficiaba a más de 120 personas que las habían adquirido en Córdoba.

La resolución, fue dictada por los vocales María Marta Cáceres de Bolatti, Domingo Juan Sesín y Luis Angulo, quienes adhirieron en todos sus términos a lo dictaminado por el fiscal general Adjunto, José Gómez Demmel, en el marco de una causa individual. Para el Ministerio Público, no se probó en la causa la existencia de un “peligro cierto de daño irreparable” que justificara acceder a la anticipación de tutela; menos en la extensión y con el alcance que le otorgó oportunamente la Cámara Séptima.

En el dictamen fiscal, Gómez Demmel puso en tela de juicio los informes presentados por los demandantes y relativizó los incendios registrados por camionetas de este tipo en diferentes lugares del país. Sobre este último punto, el funcionario judicial aseguró que no existían elementos de juicio que probaran que los incendios se hubieran originado en el filtro DPF de las Fiat Toro y especuló, que de ser así, “no cabría descartar como posible que el usuario hubiese ignorado en forma reiterada las alertas de regeneración forzada”.

Al seguir este razonamiento, para el fiscal la evocación de esos episodios por los demandantes sólo constituyó “un recurso discursivo más efectista que efectivo” para conseguir la cautelar.

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