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Femicidio Transversal: una figura que en Alta Gracia tiene al menos dos antecedentes

Córdoba no sale aún de la conmoción por el hecho ocurrido el pasado lunes en Capilla del Monte y por el que resultaron víctimas dos hermanitos de 9 y 6 años de edad.

Hablamos del brutal ataque con arma blanca, que ambos sufrieron por parte de su padre biológico. Lo que derivó en la muerte del niño y que la nena de 6 esté luchando por su vida en un nosocomio cordobés. (Nota relacionada) 

En las últimas horas se conoció que la fiscalía que tiene el caso imputó al homicida- quien fue detenido minutos después del hecho- bajo la caratula de «Femicidio Transversal», figura que si bien la Justicia cordobesa ya ha aplicado en varias oportunidades, para algunos sigue siendo una novedad, sobre todo por el uso de la palabra femicidio cuando la víctima no es una mujer.

En este marco, en el Departamento Santa María hay al menos dos antecedentes respecto a causas calificadas bajo la misma acusación. Casos que tuvieron una importante repercusión: el homicidio de Juan Carlos Festa en La Serranita y la de la Tentativa de Homicidio de un hombre en Barrio Don Bosco.

Para entender un poco el panorama, RESUMEN dialogó con quienes llevaron a cabo la investigación de los casos mencionados, los fiscales del Alejandro Peralta Ottonello y  Diego Fernández a fines de que explicaran qué significa dicha figura y en que casos cabe aplicarla.

«El femicidio vinculado o transversal se aplica cuando en definitiva la intención es hacer sufrir a la mujer, es decir a la ex pareja. En este caso (el de Capilla del Monte) él mata al hijo para causarle daño a la madre», explicó el fiscal Fernandez, quien en 2018 imputó bajo esa misma caratula, aunque con un agravante por la manera en que se habían dado los hechos, al homicida de Juan Carlos Festa, ocurrido en la estancia La Praviana de la Serranita y por el que el acusado fue condenado a prisión perpetua en agosto del corriente.

En ese caso, la Justicia entendió que Jiménez, el agresor, asesinó a su víctima «para causarle daño y/o herir a su ex pareja« ya que Festa era el nuevo novio de su ex mujer e incluso prevalecían denuncias previas por violencia. Si bien aquí la mujer no fue la víctima, el femicidio vinculado radica en ese homicidio «por despecho» si se quiere, en el que el autor buscó dañar a su ex mujer.

Por otra parte, la fiscalía II también tuvo bajo su competencia un imputación similar aunque aquí se trató de una tentativa,  ya que el atacante le propinó al menos cinco disparos de arma de fuego al nuevo novio de su ex, pero, por fortuna, la víctima sobrevivió.

«Fue un hecho que ocurrió en diciembre de 2018 y lo calificamos como Tentativa de Homicidio Transversal que está en el artículo 80 inciso 12 del Código Penal y que hace al propósito de causar sufrimiento a una persona con la que se mantiene o ha mantenido un a relación. En este caso hubo un daño colateral», explicó Ottonello en referencia al caso ocurrido en Barrio Don Bosco en el que un hombre a bordo de una motocicleta,  interceptó al Peugeot 207 en el que circulaban su ex pareja y el nuevo novio de ésta e hirió al hombre de varios disparos. A pesar de las múltiples lesiones, la víctima vive para contarlo.

El atacante fue condenado a 10 años de prisión.

En el caso de Capilla del Monte no existían denuncias previas de violencia de género,  pero,  por los dichos de la madre de los niños, el atacante no lograba asumir que la relación entre ambos ya estaba terminada e intentaba constantemente convencerla de que regresaran. Incluso, el mismo día del hecho éste le había enviado mensajes en los cuales le pedía «volver», «por los chicos». La mujer declaró además que siempre temió porque el hombre pudiera atacarla pero jamás pensó que las víctimas podían ser sus hijos.

Para la Justicia, este testimonio dejó en evidencia una clara relación conflictiva en donde primó la violencia de género y que culminó con la tragedia producto de una sola y única intención: causarle dolor a su ex mujer. Nada lo detuvo y mató a su propio hijo, sólo para dañarla a ella.

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