La Fiscalia II a cargo del Dr Alejandro Peralta Ottonello, desde hace un tiempo investigaba presuntas irregularidades en la Comuna de Dique Chico, a raíz de la denuncia que el ex Jefe Comunal Abel Cistaro, realizó en contra del actual Jefe, Nilo Perez y de uno de sus empleados, Roque Bebelacua.
Perez y Bebelacua estaban acusados de «Malversación de fondos publicos», causa investigada por la Justicia como «Peculado reiterado de trabajo o servicios» y, luego de varios testimonios y pruebas recolectadas, el fiscal decidió sobreseer a ambos.
La denuncia efectuada por Cistaro, quien actualmente se desempeña en esta municipalidad como Coordinador de la Central de Monitoreo, correspondía a hechos que habrían ocurrido en el año 2017, en reiteradas oportunidades. En la misma, se acusaba a Bebelacua de conducir una Renault Kangoo, propiedad de la Comuna, con fines de trasladar al hijo de Nilo Perez a una escuela de esta ciudad. Hecho que se habría realizado en unas «seis o siete oportunidades».
Además, Bebelacua habría trasladado también a su mujer a la parada de colectivos de Ruta 5 a fin de que tomara el servicio interurbano. Todo «cuya erogación se otorgaba con dinero de la comuna de Dique Chico» haciendo referencia inclusive al combustible con el que se realizaban dichos traslados.
La denuncia incluyo la declaración de ciertos testigos que avalaban la palabra de Cistaro pero que de algún modo, se habrían contradecido en algunos puntos que eran de gran relevancia en lo que se investigaba. Además, del aporte de la institución educativa a la cual asiste el hijo del denunciado Jefe Comunal, entre otras cosas.
Finalmente, hace aproximadamente 15 dias atrás el fiscal Ottonello determinó que ninguno de los acusados había «vulnerado pena alguna por lo que decidió el «sobreseimiento total».
La decisión parte de la confirmación de que los vehículos de la comuna eran utilizados para realizar gestiones vinculadas al trabajo comunal, como realizar tramites bancarios, buscar medicamentos para el dispensario, insumos de Paicor, etcétera. Y, si bien se pudo constatar que el trabajador comunal trasladaba al hijo del jefe comunal a su escuela y/o a su esposa, habría quedado comprobado que era un servicio que tenía con muchas personas del pueblo, a modo de facilitarle el trayecto hasta Ruta 5, sobre todo los días de lluvia teniendo en cuenta que es es una la localidad con calles de tierra y que resulta dificultoso llegar a tiempo a la escuela o trabajo cuando hay unos 6 km que caminar hasta la ruta.
En definitiva, el fiscal habría aconsejado a las partes, sobre todo al denunciante, resolver cualquier tipo de conflicto, con el dialogo y no en una instancia penal.
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