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Qué actividades quedaron restringidas en Santa María y 5 departamentos más por 14 días

Será desde las 00:00 horas del próximo lunes 12 de octubre hasta la medianoche del 26, en seis departamentos de la provincia.

Funcionarios del gobierno de Córdoba anunciaron este sábado nuevas restricciones en seis departamentos de la provincia: Capital, Santa María, Punilla, Colón, Tercero Arriba y San Martín, que pasan un régimen de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio.

Desde la explanada del Centro Cïvico, informaron que continuará la limitación para circular de 20 a 6 horas y que además se restringen las siguientes actividades:
  • Actividad gastronómica: bares y restaurantes, excepto modalidades take away o delivery
  • Salones de fiesta y boliche con nueva modalidad (bar o restaurante)
  • Escuelas de danza, canto y teatro
  • Reuniones sociales o familiares
  • Natatorios
  • Gimnasios
  • Cultos
  • Autocines
  • Academias de idiomas con modalidad presencial
  • Centros de formación profesional y academias de oficio presencial
Las medidas comenzarán a ejecutarse a partir de la medianoche del lunes 12 de octubre hasta las 0:00 del próximo 26.
Por otra parte, detallaron las siguientes disposiciones:
  • Continúa la prohibición de la circulación interdepartamental en toda la provincia de Córdoba.
  • A partir de las 20 hs hasta las 06 hs se restringe toda la circulación permaneciendo solo abiertos los lugares de venta de elementos esenciales (Medicamentos – Alimentos – Combustibles)
  • Restaurantes, resto bar y bares solamente con servicio de delivery y take away y podrán permanecer abiertos hasta las 23 hs.
  • Se deberá realizar un seguimiento permanente de las instituciones que alojan a poblaciones vulnerables frente al COVID-19, como las residencias geriátricas, institutos o centros de discapacidad, hogares y centros de diálisis entre otros, que pudieran funcionar en el municipio.
  • La autoridad local (intendente o jefe comunal) deberá fortalecer las acciones de vigilancia con el fin de detectar de manera temprana los casos, permitiendo la atención adecuada de los pacientes y la implementación de las medidas de investigación, prevención y control tendientes a reducir el riesgo de diseminación de la infección en la población.
  • El intendente y jefe comunal y la secretaría de salud a su cargo deberán velar por el cumplimiento de la notificación de los casos sospechosos/confirmados y fallecidos de COVID-19 en el Sistema DE Información Sanitaria de Argentina (SISA) según ley de eventos de notificación obligatoria N° 15465.
  • Cada municipio deberá controlar el cumplimiento de la disposición vigente, como así también el cumplimiento de los protocolos vigentes para todas las actividades que continúan habilitadas.

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Acá, todas las medidas.

Fuente
La Voz
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