Esta mañana volvió a la mesa del Concejo Deliberante el proyecto de Ordenanza del Debate Obligatorio que fue presentado el 15 de mayo, como “señuelo” junto con el nuevo Código Electoral.
De hecho, esa mañana ingresaron tres proyectos de autoría de la UCR. Dos de ellos, el debate obligatorio y el texto del voto joven y el cupo femenino fueron derechos a comisión. El tercero, del Código Electoral, fue tratado sorpresivamente sobre tabla; es decir en el acto, frente al rechazo y al enojo de Daniela Ferrari y Juan Manuel Saieg. La hija de Miguel Ferrari, de hecho, fue la única en no votar a favor, acusando de traición a los compañeros.
Ojo por ojo…
Fuerte de la mayoría que le otorga el voto de la edil peronista Daniela Ferrari, quien ya desde varia sesiones abandonó las decisiones del bloque oficialistas, los ediles radicales pusieron en el tablero el proyecto que obliga a los candidatos a Intendentes a intercambiar ideas en un marco establecido por la Junta Electoral Municipal.
El proyecto entró de nuevo como un despacho aprobado en mayoría y que había obtenido la negativa de los peronistas que pretendían insertarlo en una modificación del Código Electoral.
Una de las críticas que expusieron los ediles de UPC fue que el texto llega en una segunda instancia del proceso electoral y no brindó las mismas oportunidades a los cuatro candidatos que no llegaron a las elecciones del 22 de septiembre.
Sin embargo, el proyecto en su confección original hablaba de » Elecciones Generales», no contemplando las PASO.
Sea como sea, el recinto legislativo de nuestra ciudad se mueve de escándalo en escándalo y, como se dice, todo vuelve.
Extractos del proyecto
«Que, el intercambiar ideas y propuestas es una forma de permitir a loa ciudadanos que conozcan las diferentes posibilidades que se plantean por las distintas fuerzas políticas en época eleccionaria;
Que los candidatos deben estar predispuestos a debatir sus propuestas ante el electorado;
Que la democracia exige cada vez más compromiso y cada vez mas deberes a quienes pretende representar a sus vecinos y por lo tanto, el pueblo debe conocer fehacientemente sus propuestas;
Que bajo la modalidad de debate se permite que los vecinos puedan comparar y evaluar las distintas propuestas para un análisis más profundo que les permita encarar una elección con total convicción y responsabilidad.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALTA GRACIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Art.1: ESTABLÉZCASE la obligatoriedad de debates preelectorales públicos sobre sus plataformas de gobierno, a aquellos candidatos de distintos partidos políticos que participen de elecciones generales.
Art.2: DEBERÁ la Junta Electoral Municipal establecer la forma y mecanismo que permita la mas amplia difusión y participación de los debates, estableciendo día, hora y modalidad del mismo.
Art.3: ESTABLÉZCASE que deberá dejarse un espacio vacío por aquel candidato que no quiera participar del debate y se realizara una publicación con el a los nombres de quienes no participaren»
Además se estableció una modificación con una sanción para quienes no cumplan con una multa que va desde los $360.000 y los 4720.000 pesos y como ulterior aclaración: » La ordenanza debería aplicarse para las elecciones del presente año».
A lustrar los micrófonos, si el Intendente decide no vetarla.








Comentarios: