NoticiasPolíticaSociedad

Proponen que Potrero de Loyola sea Reserva Ambiental Protegida

El bloque de Alta Gracia CRECE presentó esta propuesta "ante el deterioro del lugar y la presencia de alambrados dentro del lugar".

«Hemos presentado un proyecto para la puesta en valor de Potrero de Loyola, para declararlo reserva ambiental protegida. El lugar, hoy en día, está bastante deteriorado, sobre todo la parte oeste. También hemos observado un alambrado y la empresa concecionaria de la obra volcamiento de residuos a la reserva» explicó la concejal Amalia Vagni, de Alta Gracia CRECE.

Vagni relató además que los vecinos estan talando arboleda para hacer leña. «NA.PA.VI. realizó años atrás, un relevamiento sobre flora y fauna. Allí se podría hacer senderismo, avistaje de aves, se puede utilizar turísticamente».

Sobre el Polo Educativo del lugar,  constituído por el Instituto El Obraje y la Proa la pronta construcción de Tribunales -quienes pidieron un lote más grande (proyecto que se encuentra en Legislación General) para disponer de un estacionamiento más grande-, la edil opinó que se debe abrir bien la calle Obregón Cano y se debería hacer colectora, entendiendo que ya se generan problemas con el tránsito hoy.

Las ordenanzas de Potrero de Loyola

Por ordenanza 2424 fecha año 1991, se declaró de “Utilidad Pública Sujeto a expropiación una fracción de terreno, designada como Circunscripción 1- Secc.1 -Fracción 9, Nº de cuenta 17169, que linda, al Norte con loteo Touring Club, separada del mismo por el Camino al Valle Buena Esperanza; al Sur, con Bº Amadeo Sabattini, separado por la calle Rawson; al Este, con los Barrios Paravachasca y Córdoba, separados por la Av. Intendente Lucas V. Córdoba y al Oeste, con Barrio Residencial El Golf, separado por Av. Las Flores y encierra una superficie de Trescientos sesenta mil metros cuadrados (360.000 m2).”

Luego la Ord.3709, sancionada en el año 1997,  declara de utilidad pública sujeta a expropiación la misma fracción referida anteriormente, luego de distintas ocupaciones que se venían realizando, renovando la declaración realizada mediante la anterior ordenanza.

Al expandirse el Encuentro Anual de Colectividades en el Tajamar, se comenzó a pensar en Solares del Palmar como destino de traslado del mismo.

Tras 1997, en vistas de la iniciativa de vecinos de la ciudad  que presentaron un anteproyecto que consistía en un complejo recreativo, deportivo y cultural, se declara nuevamente de “Utilidad Pública Sujeto a expropiación la fracción» y se aprueba el proyecto de los vecinos, reconociendo una comisión para su concreción y se comienzan los trabajos de excavación y terraplenamiento para tres tres lagunas de retención.

En el año 2000, se prueba la ordenanza 5008 con el proyecto de los vecinos,  con una superficie  de Trescientos noventa y dos mil quinientos cuarenta y nueve metros cuadrados (392.549 m2).-, declarando Utilidad Pública Sujeto a expropiación la fracción.

Luego en 2002, se sanciona la Ordenanza 5611 y se declara de utilidad pública sujeto a expropiación, denominando al predio como Solar del Palmar, y estableciendo el destino en su Art. 2 para el desarrollo de actividades artísticas, culturales, turísticas y deportivas, reservando sólo una parte para parque temático, y una reserva para parque hotelero.

Nuevamente en 2006, se sanciona otra ordenanza, la 7501, visto en el Exp. 72722 (Cia. de Tierras y hoteles Alta Gracia S.A. s/ quiebra  s/Incidente de realización de inmuebles) y los predios denominados Solares del Palmar y Parque García Lorca, donde se encuentran actuaciones que refieren a la mensura, adquisición e inscripción de los predios denominados Solares del Palmar y García Lorca a nombre del Municipio, por compra directa al Juez Comercial de 14 Nom. de Capital Federal, con el fin de utilizarlo para actividades colectivas municipales, anfiteatro, y encuentro anual de colectividades, se establece en el art. 2 el ofrecimiento para interesados en establecimientos hoteleros, por la cual hubo varias ofertas que a la fecha se encuentra vigente solamente una de ellas del cual existe convenio firmado entre la Municipalidad de Alta Gracia y los Sres. Juan Antonio Molina y Pablo Martin Molina en representación de RENOVAL SA, por la cual se le transfiere los lotes 1 a 9 del loteo correspondiente de 9.840, 38 mts.2, en el sector oeste de perteneciente al croquis del plano de subdivisión, que será destinado exclusivamente  a la realización de un emprendimiento turístico hotelero (Exp. 349/09).-

Mediante ordenanza 8206, sancionada en el año 2008, modifica el nombre Solares del Palmar por Potrero de Loyola, en homenaje al fundador de la orden de la Compañía de Jesús y se establece una nueva planimetría, y los usos, condiciones y destinos, prevaleciendo el uso turístico y ambiental y el resguardo del arbolado autóctono en las superficies de terreno que se adquieran, esta ordenanza se encuentra vigente al día de la fecha.

Es entonces cuando el Honorable Concejo Deliberante, a través de distintas normativa, viene priorizando la integración de toda la ciudad, al ceder parte de estas tierras al C.E.M.A.S. –Centro Educativo Municipal para Alumnos Sordos; al Instituto de Enseñanza Privado “El Obraje” y a la Escuela Especial “Paulina Domínguez”, y a adjudicando al Gobierno de Córdoba una fracción de terreno para la construcción de la escuela Proa,  manifestando la posibilidad de aprovechar esta zona para fines educativos. El Obraje pudo construir su edificio, mientras que Paulina Domínguez, recibirá las escrituras del establecimiento donde funciona actualmente.

Mientras que por ordenanza 10184, sancionada en el año 2016,  se ratifica convenio con el Colegio de Abogados de la Provincia de Córdoba a fin de adjudicar al Tribunal Superior de Justicia de Córdoba una fracción de terreno, por medio de una donación con cargo, para la construcción de los Tribunales Ordinarios de Córdoba delegación Alta Gracia, encontrándose en este Honorable Cuerpo el Expte 2631/15 Expte acumulado Nº 165 I 16, solicitando ampliación del terreno.

Se debe tener en cuenta, también, que una zona de “Potrero de Loyola” contiene en la actualidad a familias que ante la crisis habitacional se han radicado allí, en las inmediaciones de Barrio Sabattini Anexo, resultando necesario llevar adelante las medidas pertinentes a fines de garantizar el derecho al hábitat de los vecinos y vecinas de la ciudad;

El sitio constituye un territorio por integrar al entramado urbano de la ciudad, que se debe proteger y valorizar en términos ambientales, dada la presencia de flora y fauna autóctona que debe ser preservada y es necesario el mantenimiento y cuidado del predio para el buen uso, disfrute y accesibilidad de todos los habitantes y visitantes al mismo, conservando su naturaleza pública y tomando medidas de protección, como así también de fomento a actividades de diversa índole, entre ellas turística, que no amenace estos valiosos recursos.

Desde el bloque  proponen que se debe establecer adecuadamente el marco de protección de los espacios naturales de la ciudad dentro de los principios rectores establecidos por la Ley Nacional de Ambiente Nº25676, la Ley Provincial Nº 7343 “Principios Rectores para la Preservación, Conservación, Defensa y Mejoramiento del Ambiente”, Ley 10208 y nuestro “Código de Protección Ambiental”, Ordenanza Nº 7942;

La propuesta de reserva  abarca la totalidad del remanente del predio Potrero de Loyola, es decir lo que en la actualidad no se encuentre comprometido, cedido o adjudicado a terceros,  por cualquier tipo de contrato o convenio, de las 36 hectáreas aproximadamente, donde se encuentra en una gran proporción de biodiversidad,

Plantean que reconocer y poner en valor este espacio como una reserva en Potrero de Loyola, podría estar destinada al aprovechamiento del recurso ornitológico y entraría en el  itinerario de ecoturismo, en busca de de esparcimiento, distracción y contacto con la naturaleza.

Se trata de un área protegida dentro de zonas urbanas o suburbanas que con una planificación y una intervención mínima garantizan múltiples beneficios. Al conservar remanentes de ambientes silvestres ubicados cerca de las ciudades contribuyen a la generación de oxígeno y a la captación de dióxido de carbono.

También asegurarían funciones ecológicas vitales como pulmones verdes o protección de cursos de agua, proporcionan belleza paisajística y tranquilidad para la percepción, apreciación y conexión de los ciudadanos con los distintos componentes de los ecosistemas naturales. Na.Pa.Vi. (Naturaleza, Pájaros, Vida) hizo un relevamiento sobre la existencia de más de 70 especies de aves y cerca de 90 especies de plantas (ver Anexo I)

Y finalmente teniendo en cuenta la tendencia de crecimiento y expansión a mediano y largo plazo de Alta Gracia hacia el sector norte, Potrero de Loyola quedará ubicado justo en el centro de la ciudad, razón por la que hacer de él una reserva garantiza el espacio idóneo para la reducción de las emisiones de dióxido de carbono y el mejoramiento de la calidad de vida de todos los vecinos de Alta Gracia.

Fuente: Proyecto Alta Gracia CRECE

 

Mostrar más
 

Noticias Relacionadas

Comentarios:

Botón volver arriba