Política

La Paisanita: los denunciantes de Sala se quedan sin revocatoria

Desde hace bastante tiempo La Paisanita es noticia debido al pedido de revocatoria, en manos ahora del Fiscal Enrique Senestrari, del Presidente comunal Ignacio Sala por supuestas irregularidades y las denuncias cruzadas con el ahora ex tesorero Sergio Giachino; idas y vueltas, y un sinnúmero de presentaciones en una comuna que roza los 200 habitantes y donde la puja política está instalada desde hace varios años.
En julio de este año la Secretaría Electoral Federal en base a la denuncia que efectuaron 20 personas contra el jefe comunal de La Paisanita, había resuelto investigar una situación “curiosa y no ajustada a derecho” que tiene que ver con los domicilios de quienes efectuaron esta denuncia. Debido a ésto, fueron citadas aquellas personas que firmaron la revocatoria para clarificar la situación ya que se ha comprobado mediante una investigación en la que participó la Policía y la Justicia, que gran parte de ellos, no viven en el lugar al que hacen referencia.

La doctora Lucrecia Bustos, desde el departamento legal de Pro había afirmado que “el pedido de los vecinos, que aún no tuvo éxito, lleva solo la firma de 20 personas que supuestamente son de la Comuna La Paisanita y La Isla. Grande fue la sorpresa cuando se receptaron pruebas que de esas personas el 40% no vive en los lugares mencionados”.
Este 1º de noviembre el Juez Ricardo Bustos Fierro se expidió al respecto. En el expediente caratulado como “Inscripciones múltiples o con Documentos Adulterados Domicilio Falso. Retención Indebida de documento Cívico”, resuelve dejar sin efectos los domicilios registrados de ocho personas que habrían firmado el pedido de revocatoria como residentes de La Paisanita-La Isla. Entre los considerandos de la resolución además el Juez Bustos Fierro se puede leer que “el padrón electoral no reflejaría la realidad del verdadero electorado” y con respecto a los supuestos cambios de domicilio “existiría la posibilidad de vulnerar la verdadera voluntad y/o inclinación electoral de sus ciudadanos”; es decir que con la firma de electores con domicilio falso se pretendía llegar al total de electores requerido para abrir el proceso de revocatoria.

Oxígeno electoral
Luego de la derrota de Cambiemos, en las PASO, la mesa electoral de la pequeña comuna las Legislativas de octubre se volvió uno de los puntos más calientes del Departamento. Importantes funcionarios UPC estuvieron monitoreando los comicios, luego de las pequeñas controversias de agosto, justamente sobre quiénes estarían habilitados a votar.
Sala, en la noche del 22 de octubre luego de confirmar la victoria de Cambiemos en su jurisdicción, había afirmado eufórico que además no se había impugnado ningún voto: es decir, con o sin los ciudadanos imputados por falso domicilio, el referente del Pro logró el respaldo de los vecinos.

¿Nueva revocatoria?
La exclusión de 8 de los firmantes del pedido debería llevar a un vuelco rotundo en todo el procedimiento, ya que todo pedido de revocatoria debe ser suscrito por el 10% del padrón electoral total que llevó a la elección de las autoridades; porcentaje éste que ya no estaría alcanzado. Para pedir otro procedimiento, además, los tiempos legales establecen que debe esperarse por lo menos un año de la revocatoria anterior. A esto se le suma que ningún pedido según la Ley Orgánica Municipal 8102 este tipo de pedidos, sólo pueden ser llevado adelante luego de un año de la asunción y no después de los 9 meses anteriores a la finalización del mandato; lo que entre tiempos y ferias judiciales implicaría un probable final de la novela.

Podrían ir a prisión
Es importante señalar que la ley electoral Nº 19.945, en su artículo 137, establece: “se impondrá prisión de seis (6) meses a tres (3) años, si no resultare un delito más severamente penado, al elector que se inscribiere más de una vez, o lo hiciere con documentos apócrifos, anulados o ajenos, o denunciare domicilio falso”, situación que ya estaría probada debido a que estas personas se domiciliarían en la ciudad de Alta Gracia y nada tienen que ver con dicha comuna. Falsedad ideológica en documento público es el otro delito que les compete a los firmantes como electores que lo hicieron con un falso domicilio. Este delito no es federal y se encuentra en el Código Penal.

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