Noticias

Llegó el día: Hoy se conocerá la condena al joven que mató a su padrastro en B° Poluyan

A las 9 de la mañana de este viernes,  arrancó la 4ta y última audiencia del juicio que tiene en el banquillo de los acusados a Maximiliano Bargas, quien en diciembre de 2018 mató a su padrastro de dos disparos en la cabeza y luego se entregó a la policía.

El caso fue caratulado como un «Homicidio calificado por alevosía y por uso de arma» pero, así mismo y en discordancia con cualquier otro caso de homicidio agravado,  el contexto del hecho tiene muchas aristas que hacen a ciertos atenuantes en la pena y a la posibilidad de que Maximiliano le escape a la prisión perpetua.

¿Fue un homicidio en emoción violenta?

Es lo que intenta demostrar la defensa del chico de 22 años. Un joven a quien los mismos peritos describieron como alguien «retraido», «reservado» y con un «trauma». «Se notaba que sufría mucho», agregó la docente del imputado, quien en la mañana de ayer declaró ante el Juez; «era muy callad», añadió Uriel, uno de sus pocos amigos.

El Art 81 del Código Penal Argentino contempla la figura de «emoción violenta» y expresa: “se impondrá reclusión de 3 a 6 años o prisión de 1 a 3 años al que matare a otro encontrándose en un estado de emoción violenta y
que las circunstancias hicieren excusable”. Esto, aludiendo a la psiquis del autor como así también al grado de «excitación» en el que pudo encontrarse al cometer el hecho.

La pregunta es… ¿Es el caso de Maximiliano?. Su defensa atribuye su violento accionar a una conjunción de hechos de violencia y hasta de abuso, de los que el joven aseguró haber sido víctima por parte de su padrastro. Eso, mas la violencia física que su madre dijo haber recibido durante años por parte del mismo Romero, y el hecho de que la noche anterior al hecho se había dado una fuerte discusión en la familia, serían- según su letrado- elementos suficientes para actuar bajo «emoción violenta». Más allá de que el crimen se cometiera al dia siguiente de la discusión, donde el joven «podría haber actuado en frío». Pues bien, para su defensa, no.

La posible condena «con perspectiva de género»

Este atenuante  fue planteado por el fiscal de causa en el tercer día de audiencia. El letrado entendió que Bargas es culpable por el hecho que se le imputa pero enfatizó en la violencia que tanto el joven como su madre habían sufrido durante años por parte de la víctima. Hechos- en el caso por lo menos del imputado- ratificados por los peritos de la cárcel y que daban lugar a hacer un paréntesis y juzgar el caso «con perspectiva de género». Con este posible atenuante, el fiscal solicitó se le imponga al acusado la pena de 10 años de prisión.

Lo mató dormido: diferentes interpretaciones

Si bien el hecho de que el autor le haya dado muerte a su padrastro mientras este dormía fue tomado como un agravante para la fiscalía de II instruccion, quien no dudó en agregar la «alevosía»  entendiendo que la víctima no había tenido ni siquiera la posibilidad de defenderse;  lejos de desdibujar esta escena la defensa toma esa situación para posible beneficio del imputado.

Lo que sostiene es que el joven «no tenía ninguna posibilidad» de darle muerte al hombre de «otra manera», por el miedo que le tenía. Era tal el temor y la sumisión que tenía ante este que decidió dispararle, quizas, en el estado de mayor cobardía. «Era su oportunidad» y «no lo pensó».

En fin, así las cosas, los jurados populares también debaten por estas horas cual de estas figuras le cabe al joven de Barrio Poluyan. Esto, mientras la querella insiste en que se lo condene sin ningún atenuante a «prisión perpetua».

 

 

Mostrar más
 

Noticias Relacionadas

Comentarios:

Botón volver arriba