
En un reciente fallo judicial en Rosario, la Justicia dispuso la aplicación obligatoria del esquema de vacunación a un niño por nacer, a pesar de la oposición expresa de sus padres. La resolución pone el foco en la protección integral del menor y en la necesidad de resguardar la salud pública.
La medida se dictó en el marco de una acción de protección de persona impulsada por una reconocida institución de salud de la ciudad, luego de que los progenitores rechazaran en reiteradas oportunidades autorizar la vacunación al momento del nacimiento, en particular las dosis correspondientes a Hepatitis B y BCG.
Según consta en el expediente, los padres formalizaron su negativa incluso mediante la firma de documentos oficiales, sin alegar motivos médicos que contraindiquen la vacunación. Su postura se basó exclusivamente en convicciones personales.
Frente a esta situación, la institución sanitaria activó los procedimientos legales vigentes, que incluyeron la intervención de organismos administrativos y la presentación de una acción judicial para garantizar los derechos del niño.
Al analizar el caso, el tribunal destacó especialmente el principio del interés superior del niño, contemplado tanto en la Convención sobre los Derechos del Niño como en la normativa nacional. En ese sentido, subrayó que dicho principio debe prevalecer por sobre cualquier otra consideración, incluso ante la voluntad de los progenitores.








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